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Presentamos aquí dos temas importantes. Uno es la reciente regulación de IRS: The Foreign Account Tax Compliance Act (FATCA), la cual afecta a las cuentas fuera del país de ciudadanos residentes en Estados Unidos. Aquí tenemos un análisis del banquero Matthew Beem, un MBA de Stanford y actual presidente de Chartered Financial Planners de Miami, acerca de cómo esta regulación de EE.UU. afecta a propietarios estadounidenses de inmuebles en Argentina.

Segundo, como la mayoría de los compradores extranjeros de propiedades en EE.UU. desde Sudamérica compran en Miami, hemos dedicado un tiempo sobre el terreno en Miami y otros lugares, tales como Palm Beach Island, indagando sobre los riesgos de daños por huracanes y los seguros. Estamos complacidos, para los compradores, de lo que hemos descubierto en Florida.

Esencialmente, de aquí en adelante son buenas noticias. Sin embargo el mercado inmobiliario argentino todavía es difícil de entender para algunos compradores extranjeros. Por eso, para personas no argentinas interesadas en comprar inmuebles en Argentina, por favor revisen el segundo artículo de nuestro anterior newsletter / Otoño (Argentina) 2014 N°3 / por Julián Monti, para conocer algunas cosas sobre cómo traer dinero a la Argentina para comprar propiedades.

1 – FATCA – PROMULGADA EN JULIO – UN RESUMEN DEL IMPACTO SOBRE LOS PROPIETARIOS ESTADOUNIDENSES DE INMUEBLES EN ARGENTINA – Matthew Beem

Como resultado de los numerosos y notorios casos de evasión de impuestos que tuvieron como protagonistas a ciudadanos estadounidenses con fondos no declarados depositados en instituciones financieras extranjeras, el gobierno de los Estados Unidos ha implementado recientemente la Foreign Account Tax Compliance Act o FATCA. El principal objetivo de la FATCA es asegurarse de que todas las personas de Estados Unidos (esto es, ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes) que tengan activos financieros fuera de los Estados Unidos paguen todos los impuestos estadounidenses que les correspondan. La carga del cumplimiento corresponde a la institución financiera extranjera (Foreign Financial Institution – FFI) quienes son obligados a llegar a un acuerdo con el Tesoro estadounidense o cumplir con reglas pertenecientes a acuerdos intergubernamentales. Esencialmente, las FFI están obligadas a identificar cuentas en poder de personas estadounidenses o cuentas que estén económicamente controladas por personas estadounidenses (por ejemplo: fideicomisos, corporaciones, etc.) y notificar anualmente sobre estas cuentas al IRS. Hay muchas facetas importantes de la ley que un inversor internacional tiene que tener en cuenta, pero el principal punto en el que se centra este breve artículo es en tratar el impacto de la FATCA sobre los ciudadanos estadounidenses que tienen propiedades en Argentina.

Es importante destacar que la FATCA aplica sobre cuentas financieras por lo tanto en términos de personas que tienen propiedades en Argentina no hay obligación de reportarse, ni personalmente ni por una FFI (mayormente porque el activo no está en poder de una FFI). No obstante, si la persona estadounidense tiene una cuenta bancaria en Argentina que se ha creado para recibir dinero de alquileres u otro ingreso pasivo, y si esa cuenta en algún punto en el tiempo alcanza un balance de más de $50,000, entonces la FFI argentina donde la cuenta se encuentra tendrá que cumplir con FATCA y notificar acerca de esa cuenta a las autoridades estadounidenses. Si la cuenta nunca alcanza esa suma la FFI no tiene obligación de notificar sobre ella. Es más, si la cuenta alcanza un balance de más de $10,000 el dueño de la cuenta debe informar a través de FBAR (Report of Foreign Bank and Financial Accounts). Si el dueño de la cuenta no informa está sujeto a importantes multas. En otras palabras, si una cuenta en el extranjero de una persona estadounidense tiene un balance de más de $10,000 hay algún tipo de obligación de informar sobre ella ya sea que lo haga el mismo dueño de la cuenta o la FFI. Si éste no es el caso no hay obligaciones de informe.

Sin duda, FATCA es un desarrollo importante en el cumplimiento de pago de los impuestos estadounidenses y siempre recomendamos consultar con un asesor fiscal en casos especiales.

Matthew Beem tiene más de diez años de experiencia en el sector financiero y ha ocupado diferentes puestos en administración de bienes, consultoría en inversiones y estrategias en asignación de activos.

Matthew comenzó su carrera en Buenos Aires, Argentina, en el laboratorio de ideas “Fundación Mediterránea” fundada por el ex ministro de economía Domingo Cavallo. Durante su participación de dos años en dicha institución se dedicó a estudiar la economía brasilera y formó parte de un equipo encargado por el Banco Mundial para comparar la devaluación de la moneda brasilera en 1999 con la crisis argentina de 2002 y escribió un análisis de la transición presidencial de Brasil en 2002 para publicaciones estadounidenses y sudamericanas. También ha ocupado varios puestos en bancos privados en Miami, incluyendo el Citi Private Bank donde trabajó en asignación de activos para una cartera de clientes de alto patrimonio.

Matthew habla español y portugués, es Analista Financiero Certificado (Chartered Financial Analyst, CFA), tiene títulos de las universidades Trinity y Stanford. En este momento es presidente de CFA Miami.

2 – “CITIZENS PROPERTY INSURANCE” EN EL ESTADO DE FLORIDA

Al emprender nuestra investigación sobre varios ángulos de la cobertura por tormenta en Florida vimos al principio que había indicios de que existieran serios escollos para los inversores ya que hemos oído de profesionales de seguros en Florida que Citizens Property Insurance (CPI) ha estado intentado suprimir ciertas pólizas. Hemos tomado ésto como una señal de alerta y por consiguiente, como una situación potencialmente peligrosa para los inversores en el mercado inmobiliario de Florida.

Sin embargo, luego de dialogar con agentes inmobiliarios y especialistas en seguros en Florida hemos llegado a la siguiente conclusión: aún cuando esto va en contra de la regla fundamental de inversión de nunca poner todos los huevos en una sola canasta (por ejemplo, los inversores sudamericanos tienen un apego especial por las propiedades en Florida), el hecho parece ser que el estado de Florida tiene un sistema similar en sus efectos a un bono de responsabilidad general (a State General Obligation Municipal Bond) el cual, por consiguiente, parece proteger razonablemente al dueño de la propiedad asegurada por riesgo de desastres naturales, ya que el riesgo de tormenta parece estar esencialmente compartido a nivel estado.

Vemos aquí que el principal riesgo es gubernamental o políticamente sistémico. Esto significa que podría ocurrir que se atrasen pagos por parte de CPI a los titulares de las pólizas en casos de catástrofes descomunales. Vemos que es posible que exista un riesgo en el plazo de pago debido a la presión política sobre agencias y políticos desde zonas del estado menos afectadas por las tormentas (por ejemplo, quienes residen en lugares en el interior del estado que no están afectados directamente por las tormentas provenientes del océano estarían obligados a pagar por daños causados a la propiedad de sus vecinos “adinerados” que pueden costear casas frente al mar).

En un escenario desigual como este y en el cual CPI estaría utilizado al máximo, podrían haber legisladores tratando de ganar puntos políticos entre electores de lugares que son afectados en menor grado por las catástrofes haciendo movimientos para cambiar la ley actual o tratar de hacer algo para impedir los pagos por propiedad. Asimismo, siempre existe la posibilidad de que algún burócrata del gobierno retrase un pago, por cualquier razón, y la inercia de este tipo también podría ser perjudicial.

En resumen pensamos que el peor de los casos sería que los poseedores de pólizas CPI experimenten retrasos a causa de maniobras políticas o por alguna complicación relacionada con el gobierno o inercia pero eso, como Bill Beckham de JM Private Insurance en Miami dice “al momento las alternativas a Citizens Insurance son muy limitadas” y pensamos que el sistema, como está establecido por el Estado de Florida en este momento es bueno, tanto así que podría ser reproducido en otros estados dentro de los Estados Unidos.

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Este documento no está destinado a brindar un asesoramiento u opinión integral de tipo notarial, legal, inmobiliario, contable o sobre inversiones, análisis de riesgo (o cobertura de seguros). Dicho asesoramiento sólo puede darse en relación con situaciones y hechos específicos, en el contexto de una consulta a profesionales legales, notariales, riesgo (seguros), contables, especialistas en inversiones o bienes raíces. Cualquier consejo impositivo relacionado con la normativa fiscal federal de los Estados Unidos y/o Argentina que se mencione en el presente documento no está dirigido a eludir las cargas impositivas, ni debe utilizarse para dicho fin.

Traducido por Nancy Vanucci y Jorge Jagoe.